La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sumó en las últimas horas una cuarta opción por el que se quiere registrar un CBU, que se suma las existentes hasta ahora que eran “Devoluciones”, “Pago de monotributo” y “Mis facilidades”, para recibir el 21% del programa “Compre sin IVA”.
Se trata, precisamente, de la opción “Compre sin IVA” y es para que el CBU que se declara ante el organismo sea el que recepcione los reintegros del 21% del IVA en las compras de alimentos y artículos de higiene y limpieza que integran la canasta básica.
Como viene informando este diario, para que las personas que cumplan con los requisitos definidos por el ministerio de Economía reciban los reintegros en los casos que correspondan es fundamental que tengan declarado ante la AFIP el CBU de la cuenta que utiliza para pagar las compras, sea a través de la tarjeta de débito o con Cuenta DNI, del Banco Provincia. Además, ese CBU hasta ahora tenía que estar habilitado para recibir esos reintegros tildando la opción “Devoluciones”.
Desde hoy, para percibir los reintegros ese CBU, o uno distinto, pero también declarado ante AFIP, tendrá que tener marcada la opción “Compre sin IVA”.
A partir de esta modificación, una persona podrá tener un solo CBU declarado y habilitado para “Devoluciones” y para “Compre sin IVA”, o podrá tener dos CBU, uno habilitado “Devoluciones” y otro para “Compre sin IVA”. Lo que no podrá es tener dos CBU habilitados, por ejemplo, para “Compre sin IVA”, lo que significa es que si quiere recibir los reintegros las compras las tendrá que hacer con una sola tarjeta de débito o, en caso que sea usuario de Cuenta DNI, que la misma está asociada a una sola cuenta bancaria.
Ahora bien, ¿cómo verificar si el CBU está declarado y habilitado para las devoluciones o si es necesario declararlo para comenzar a percibirlas?
Todas las personas que quieran corroborar si tienen el CBU declarado de manera correcta o quieran hacerlo para comenzar a percibir el reintegro del 21% deben hacerlo a través de la web de AFIP cumpliendo los siguientes pasos:
*Ingresar al sitio de AFIP y con la clave fiscal dirigirse a “Declaración de CBU”
*Allí el contribuyente podrá verificar el o los CBU declarados para distintas operaciones.
*En caso de tener que agregar un CBU, desde el listado de CBU propios y clicklear en “Registrar CBU”.
El sistema le solicitará los 22 números que conforman la clave y el motivo por el que lo quiere registrar: para devoluciones, pago de monotributo, Mis Facilidades o Compre sin IVA
*Seleccionar “Compre sin IVA” y presionar “Informar CBU”
*Una vez cumplido con el registro, el banco emitirá una autorización para el uso de ese CBU declarado que llegará a través del Domicilio Fiscal Electrónico.
Si lo que necesita hacer es modificar un CBU ya declarado, en la parte superior a la derecha, donde dice “Acciones”, clickear en el dibujo de un lápiz, lo cual habilitará la posibilidad de editar.
A continuación volverá a mostrar la pantalla con las distintas opciones para seleccionar y allí elegir “Compre sin IVA” y luego “Aceptar” para que tome el cambio.
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